La justicia de Necochea
entendió que fue un caso de violencia de género
Una mujer deberá cobrar
$160.000 luego de que el hombre con el que tuvo un hijo discapacitado se negara
a pasar la cuota alimentaria del menor. La Justicia consideró que en el caso
hubo daños y prejuicios y, además, violencia de género.
La determinación la tomó la
Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Necochea, donde una mujer quedó
embarazada. El hombre, que estaba casado, le pidió que abortara, pero ella no
le hizo caso. El niño nació con una grave discapacidad y años después murió.
En todo ese tiempo, el padre no
había cumplido con sus responsabilidades y había pagado una porción mínima de
los gastos del menor. La Justicia atendió la demanda de la mujer y, luego de
constatar genéticamente el vínculo, obligó al hombre a resarcir a la madre
"por incumplimiento de los deberes derivados de la responsabilidad
parental".
Además, la Cámara entendió que,
al no hacerse cargo de esas responsabilidades, el hombre colocó a la mujer
"en una relación desigual de poder", dado que fue ella quien tuvo que
afrontar sola las responsabilidades sobre el niño.
"A partir de la ya
señalada omisión del progenitor en la vida del niño con discapacidad es que se
afecta directamente a la madre, pues es la posición del padre -evitando toda
responsabilidad en la asistencia de su hijo, incluso aquella que excede lo
económico- la que lo coloca en la situación de violencia de género",
expresa el fallo.
"Me sentí abrumada por la
situación en la que me encontraba y más aún cuando debí retomar mis tareas como
docente, teniendo que dejar a nuestro pequeño hijo con terceras personas, las
cuales debí contratar dado que no podía dejar de trabajar para cuidar
exclusivamente a nuestro hijo. Diariamente, al partir al trabajo, sentía una
puja interna entre la necesidad de estar a su lado, ya que me perdía un tiempo
irrecuperable al irme, y la necesidad de generar recursos para que viviera
dignamente. Es imposible describir las penurias vividas", relató la mujer.
Fuente: La Nación
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