miércoles, 5 de abril de 2017

Plan Federal de Viviendas: Requisitos y Cupos



En nuestro país faltan mas de 1.600.000 viviendas y más de 2.000.000 de aquellas, requieren reparaciones importantes, esto es: más de 3.5000.000 de familias están en esta situación, circunstancia desde ya en la que se incluye en colectivo de personas con discapacidad y sus grupos familiares.

Ante esta infortunada realidad, existen algunos antídotos que bien utilizados pueden favorecer el cometido de llegar a la casa propia, es decir a tener nuestro hogar. Entre otras cuestiones, hay que señalar que la ley 26.182 estableció un cupo del 5% en los planes que se ejecuten con los fondos del "Fonavi" destinado a personas con discapacidad o familias en las que al menos uno de sus integrantes sea una persona con discapacidad. Veamos.

Los requisitos básicos para inscribirse en estos planes federales de vivienda, son: 
A- Constituir un grupo familiar. 

B- poseer documento de identidad argentino. 

C- - Ser mayor de 18 años 

D- - Ninguno de los integrantes del grupo familiar deberá ser beneficiario de ninguna vivienda o terreno otorgado por el estado argentino. E- Ninguno de los miembros de la familia deberá ser titular de bienes inmuebles. 

E- Cada municipio podrá a su vez establecer requerimientos complementarios. Este trámite en todos los casos es gratuito.

Para acceder a este plan nacional, la familia debe aportar o un ahorro económico o bien un terreno para poder acceder al crédito para adquirir una vivienda. Hay 2 líneas en el programa: 1- compra, y 2- construcción. En el 1º caso la vivienda podrá ser nueva o usada con un valor máximo de hasta $1.500.000. Debe ser destinada a vivienda única y de ocupación permanente. ¿Quiénes podrán acceder al programa? Familias con ingresos formales entre 2 a 4 salarios mínimos, vitales y móviles. El estado bonificará un monto del capital de ese crédito que será no rembolsable y se otorgará de manera directa a cada familia al momento de la escrituración. ¿De qué dependerá el monto de tal bonificación estatal? Básicamente de la composición del grupo familiar y del valor de la vivienda a comprar.

Especificamente, se aplicarán los siguientes recaudos tanto al titular como a su conyugue, a saber: 
1- Nacionalidad: ser Argentino, nacionalizado o extranjero con residencia permanente.
2-  Edad para acceder al crédito: 18 a 55 años. 
3- Antigüedad laboral minima: 1 año tanto en relación de dependencia como autónomos o monotributistas. 
4- No ser propietario ni copropietario de inmueble alguno. 
5- Buena calificación crediticia: ser calificado por entidad financiera regulada por el Banco Central de la República Argentina para recibir un crédito hipotecario, 
6- No estar inhabilitado por el banco central o por orden judicial. 
7- No registrar pedido de concurso o quiebra, embargos etc.

¿Qué parámetros se tendrán en cuenta para otorgar tales créditos? La cantidad de hijos, totalidad de integrantes de esa familia detentadores de discapacidad cualquiera fuera el tipo y grado en tanto se encuentre acreditada mediante C.U.D , Certificado Unico de Discapacidad, prestaciones que se reciba de la seguridad social, la edad del titular del crédito, y el carácter de familia monoparental.

¿Cómo se realiza este proceso de selección? primeramente el programa realizará la validación de las declaraciones juradas ingresadas por los candidatos tomando las bases de datos de Afip, Anses, y BCRA. A cada solicitud se le aplicará un puntaje, el que será auditado a su vez, por la universidad de Buenos Aires. Los resultados del proceso de selección se enviarán por correo electrónico a los inscriptos. Quienes resultaron seleccionados podrán presentarse en los bancos que participen en el referido programa.

Como dijimos, la ley 26.182 estableció un cupo del 5% en los planes que se ejecuten con los fondos del "Fonavi" destinado a personas con discapacidad o familias en las que al menos uno de sus integrantes sea una persona con discapacidad ¿Qué requisitos deberán cumplirse específicamente?. 1- Acreditación de discapacidad permanente del solicitante o del miembro del grupo familiar. 2- Si el solicitante no fuera la persona con discapacidad, habrá que acreditar el vínculo parental, (ascendiente, descendiente, o pariente por afinidad hasta 2º grado respecto de la PCD y que conviva con aquella). 3- Los familiares de la PCD que convivan con esta deberán acreditar que no poseen ningún otro inmueble. Importante: La escritura traslativa de dominio adjudicada por este cupo, deberá consignar la constitución de un usufructo vitalicio a favor de la persona con discapacidad, bajo pena de nulidad.

Concluyendo, estos programas federales de viviendas surgieron con el fin de solucionar problemas de crecimientos, empleos e inclusión social pretendiendo de ese modo mermar el déficit habitacional y procurando tangibilizar el llamado acceso a la vivienda digna, viabilizando de ese modo una mejor calidad de vida para los habitantes. 
Dra. Silvina Cotignola 

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